DECLARACION DE LA RENTA CON DOS PAGADORES ( SUBROGACIÓN DE EMPRESAS )
Los contribuyentes que cuenten con más de un pagador están sujetos a una normativa diferente a la hora de establecer quienes deben hacer la declaración de la renta. Para evitarnos sustos innecesarios hay que realizar una COMUNICACIÓN a la Delegación de Hacienda, en base a la existencia de una Subrogación.
A la hora de establecer quienes están obligados a realizar la declaración de la Renta , partimos de la base de tener unas ganancias salariales de un límite de 22.000 €, pues bién , esté límite se reduce a 12.000€ , ( cuando existen dos o mas pagadores durante el año a declarar ) siempre y cuando el segundo y posteriores pagadores , superen la cantidad de 1.500 € .
Existen unas excepciones, entre ellas la subrogación de los vigilantes de una empresa a otra . Para evitar la aplicación de dos trabajadores, hay que poner en conocimiento de Hacienda , la existencia de dicha subrogación, comunicandoles este hecho .
Os dejamos el archivo el cual tendreis que llevar a la Delegación de Hacienda , aquellos trabajadores que hayais tenido una ( o varias ) subrogaciones de empresa, para que tengan conocimiento de que la nueva empresa ( cesionario ) mantiene su condicion de mismo empleador , a efectos de determinar el tipo de retención aplicable.